Comunicar reclamación - AMA Seguros
Comunicar reclamación
Servicio disponible para mutualistas con seguro de Responsabilidad civil profesional
¿Qué es?
Este es el medio por el cual puede comunicarnos una reclamación judicial o extrajudicial con motivo de la actuación profesional asegurada.
¿En qué consiste?
En el estudio de la documentación e información aportada por el tomador/asegurado y los posibles pasos a seguir según el caso.
¿Dónde comunicar una reclamación?
Preguntas frecuentes
Es importante que, en ningún caso, se actúe sin consultar previamente con los servicios jurídicos de A.M.A.
La reclamación del paciente puede ser de dos tipos: extrajudicial o judicial. A su vez, la extrajudicial puede ser verbal o escrita.
Se deberá evitar cualquier enfrentamiento dialéctico con el reclamante, escuchando sus pretensiones y dando traslado de las mismas, a la mayor brevedad posible a los servicios jurídicos de A.M.A. para que previo estudio del asunto, le indiquen qué hacer.
En este caso, el perjudicado deja constancia de su reclamación al presentarla por escrito. La reclamación escrita puede presentarse de las siguientes formas:
- Carta o burofax de reclamación del perjudicado (paciente, familiares, etc..)
- Carta o burofax de reclamación del abogado del perjudicado:
- Comunicación de los hechos o reclamación ante:
- La Oficina de consumidores o usuarios.
- El Centro sanitario.
- La Sociedad de asistencia sanitaria.
- La Comisión deontológica del Colegio profesional.
- La Administración.
En caso de recibir una reclamación por escrito, o una comunicación del Centro en el que trabaja informándole de una reclamación, debe contactar inmediatamente con A.M.A., cuyos servicios jurídicos le instruirán sobre el modo de proceder ante la misma.
En caso de recibir una citación judicial penal, ya sea para comparecer como testigo o como investigado, debe contactar inmediatamente con A.M.A.
Lo más habitual es que el juez de instrucción cite al profesional para tomarle declaración en calidad de investigado, aunque en ocasiones, puede ser citado como testigo.
Cuando el perjudicado pretenda obtener una indemnización económica por los daños que entiende haber sufrido como consecuencia de la asistencia sanitaria, puede iniciar un procedimiento civil mediante la interposición de la correspondiente demanda.
Los plazos para realizar los trámites judiciales son sumamente breves e improrrogables, POR TANTO DEBE COMUNICAR LOS REQUERIMIENTOS CUANTO ANTES, SIN DEJAR TRANSCURRIR NI UN SOLO DÍA DESDE QUE EL JUZGADO LE HACE ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN. Cuanto antes lo notifique a A.M.A., más tiempo habrá para preparar una buena defensa.
Este tipo de reclamación es propia únicamente del ámbito de la Sanidad Pública y va dirigida contra la Administración.
Aunque en este procedimiento lo único que se va a dirimir es la responsabilidad de la Administración, evidentemente la actuación del profesional sanitario va a ser examinada, resultando absolutamente normal que se le solicite un informe acerca de su actuación.